La Contaduría Pública como carrera profesional, no se escapa de muchas otras que se encuentran desvirtuadas de su campo laboral o campo de acción. Hoy en día, no es raro encontrar a un contador ocupando el cargo de auxiliar contable, de asistente administrativo, de auxiliar de nómina, entre otros. Esta perspectiva no es más que el resultado de muchas interpretaciones que aún persisten en ámbito contable, entre éstas tenemos: “La contabilidad se puede definir simplemente como la recolección, clasificación e interpretación de la información financiera apropiada para el manejo de una organización”. “El arte de registrar, clasificar y resumir de una manera significativa y en términos de mando las transacciones y eventos que en su mayor parte son de carácter financiero e interpretar los resultados obtenidos”.
El instituto Mejicano de Contadores ha definido Contabilidad en los siguientes términos: “La Contabilidad es una técnica que produce sistemática y estructuralmente información cuantitativa en unidad monetaria de las transacciones que utiliza una empresa y de ciertos eventos económicos que la afectan con el objeto de facilitar a los diversos interesados el tomar decisiones de carácter financiero en relación con dicha empresa”
En torno a estas apreciaciones podemos ver con claridad, que desde hace mucho tiempo, la carrera ha sido objeto de múltiples críticas, discusiones y controversias; y esto ha venido motivando a las Universidades y los Centros de Formación Superior de Colombia y aunando sus esfuerzos con el fin de impartir una educación centrada en varios criterios:
· Los contadores públicos actuales deben poseer una alta capacidad de trabajo que tengan conciencia de ser altamente competitivos.
· Profesionales capaces de afrontar los cambios del nuevo milenio.
· Profesionales con habilidades, destrezas y actitudes necesarias para analizar e investigar los problemas de la empresa y tener agudeza mental que les permita aplicar soluciones creativas e innovadoras.
Colombia no ha sido ajena a estas situaciones y es por ello que a través de su misión busca formar un profesional con las características del profesional general que pondrá todo su empeño en trabajar en pro del desarrollo de las entidades públicas, sin olvidar que también podrá desempeñarse en las entidades privadas dada su formación general inicial.
Por este motivo, se escogió a esta institución de donde seremos egresados para llevar a cabo una investigación encaminada a detectar el verdadero campo ocupacional del contador público egresado del programa de Contaduría Pública de las Universidades colombianas.
FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
Una vez analizada y planteada la situación problemática se plantea el siguiente interrogante: ¿Cuál es el verdadero perfil ocupacional de los contadores públicos egresados de las Universidades Colombianas?.
JUSTIFICACIÓN
Como futuros contadores públicos debemos ser conscientes de que no es solo la Universidad, es la que nos da las herramientas que nos permiten ser más competitivos en el campo profesional, hay que considerar que todo individuo se desenvuelve en un medio social, y es aquí en donde el contador actual debe ser capaz de actuar como agente de cambio, liderando procesos que beneficien directamente a la sociedad, ya sea mediante la autogestión empresarial, capacitando, etc. en fin promoviendo ideas innovadoras que vayan en pro del desarrollo socioeconómico.
Otro aspecto que debemos considerar en el perfil del Contador Público, es el de la toma decisiones, porque es otra de las variable que enriquece la labor desempeñada por éste, sin embargo no se le ha dado el tratamiento adecuado por parte de los directivos de empresas, más que todo las del sector privado; puesto que no es raro encontrar a profesionales ocupando cargos de gran relevancia, pero que no tienen voz ni voto en las decisiones, debilitándose por una parte el sentido de pertenencia y obstaculizando la generación de ideas innovadoras, la iniciativa del trabajador, el espíritu investigador; etc. porque aún se tiene la concepción de que el contador público es un simple tenedor de libros y nada más.
MARCO REFERENCIAL
BASES TEÓRICAS
El Contador Público está facultado para realizar todas aquellas actividades relacionadas con la ciencia contable. Las cuales se entienden según el artículo 2 de la Ley 43/90: “Todas aquellas que implican organización, revisión y control de contabilidades, certificaciones y dictámenes sobre estados financieros; certificaciones que se expresen con fundamento en los libros de contabilidad; revisoría fiscal, prestaciones de servicio de auditoria, así como todas aquellas actividades relacionadas con la naturaleza de la función profesional del contador público tales como: La asesoría tributaria, asesoría gerencial, en aspecto contable y similares.” En el anterior artículo, el legislador nuevamente enunció algunas de las actividades que tienen relación con la ciencia contable, esto significa que el contador público, siempre que su preparación y su formación profesional se lo permita, puede desarrollar un sin fin de actividades que tenga efectiva relación con éstas, por lo que la junta central de contadores a través de la resolución 074/94 en el artículo 4 del capítulo 2. Establece una clasificación de las actividades de la ciencia contable la cual reza así:
a) En lo contable
· Preparación de estados financieros
· Análisis de estados financieros
· Montaje, manejo y aplicación de programas y paquetes contables
b) En la revisoría fiscal y auditorias externas o internas
· Evaluación del control interno
· Preparación de planes o programas de auditoria
· Preparación de memorandos de control interno
· Evaluación de áreas operativas relacionadas con los estados financieros
c) En impuestos
· Elaboración de relaciones tributarias
· Asesoría en impuestos
· Preparación de informes tributarios
· Preparación, coordinación y realización de visitas
d) En costos
· Selección, instalación, evaluación y control de sistemas de costos.
· Fijación de políticas de precios
· Análisis de costos
· Elaboración y preparación de contabilidades de costo.
CARACTERÍSTICAS SUSTANCIALES DE LA PROFESIÓN
Libertad del ejercicio profesional: Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social. (art. 26).
DERECHOS DEL CONTADOR PÚBLICO
De los derechos adquiridos. Se respetan las situaciones jurídicas concretas y los derechos adquiridos por los contadores públicos inscritos ante la Junta Central de Contadores y por las sociedades que hayan obtenido la conformidad o autorización para el ejercicio de las actividades propias de la contaduría pública antes de la vigencia de la presente ley. Además gozarán de todas las garantías otorgadas en esta ley. Derecho a remuneración. El contador público tiene derecho a recibir remuneración por su trabajo y por el que ejecutan las personas bajo su supervisión y responsabilidad. Dicha remuneración constituye su medio normal de subsistencia y de contraprestación para el personal a su servicio.
Equilibrio entre profesionales y su demanda. El Gobierno Nacional procederá a dictar las normas a que haya lugar, con el único fin de evitar el desequilibrio entre el número de profesionales de la contaduría y la demanda de servicios de tales profesiones dentro de los parámetros establecidos en la presente ley.
TARJETA PROFESIONAL
De la inscripción del contador público. La inscripción como contador público se acreditará por medio de una tarjeta profesional que será expedida por la Junta Central de Contadores.
CALIDAD DE CONTADOR PÚBLICO POR RAZÓN DEL CARGO
Por razón del cargo.
a) Para desempeñar, las funciones de revisor fiscal, auditor externo, auditor interno en toda clase de sociedades, para las cuales la ley o el contrato social así lo determinan;
b) En todos los nombramientos que se hagan a partir de la vigencia de la presente ley para desempeñar el cargo de jefe de contabilidad, o su equivalencia, auditor interno, en entidades privadas y el de visitadores en asuntos técnico-contables de las Superintendencia Bancaria, de Sociedades, Dancoop, Subsidio Familiar, lo mismo que de la Comisión Nacional de Valores y de la Dirección General de Impuesto Nacionales o de las entidades que sustituyan;
c) Para actuar como perito en controversias de carácter técnico-contable, especialmente en diligencia sobre exhibición de libros, juicios de rendición de cuentas, avalúo de intangibles patrimoniales, y costo de empresas en marcha;
d) Para desempeñar el cargo de decano en facultad de contaduría pública, y
e) Para dar asesoramiento técnico-contable ante las autoridades, por vía gubernativa, en todos los asuntos relacionados con aspectos tributarios, sin perjuicio de los derechos que la ley otorga a los abogados.
De la fé pública. La atestación o firma de un contador público en los actos propios de su profesión hará presumir, salvo prueba en contrario, que el acto respectivo se ajusta a los requisitos legales, lo mismo que a los estatutarios en el caso de personas jurídicas. Tratándose de balances, se presumirá además que los saldos se han tomado fielmente de los libros, que éstos se ajustan a las normas legales y que las cifras registradas en ellos reflejan en forma fidedigna correspondiente situación financiera en la fecha del balance.
ETICA PROFESIONAL
La contaduría pública es una profesión que tiene como fin satisfacer necesidades de la sociedad, mediante la medición, evaluación, ordenamiento, análisis e interpretación de la información financiera de las empresas o individuos y la preparación de informes sobre la correspondiente situación financiera, sobre los cuales se basan las decisiones de los empresarios, inversionistas, acreedores, demás terceros interesados y el Estado acerca del futuro de dichos entes económicos. El contador público como depositario de la confianza pública, da fe pública cuando con su firma y número de tarjeta profesional suscribe un documento en que certifique sobre determinados hechos económicos. Esta certificación, hará parte integral de lo examinado.
PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA ÉTICA PROFESIONAL
El contador público debe considerar y estudiar al usuario de sus servicios como ente económico separado que es, relacionarlo con las circunstancias particulares de su actividad, sean éstas internas o externas, con el fin de aplicar, en cada caso, las técnicas y métodos más adecuados para el tipo de ente económico y la clase de trabajo que se le ha encomendado, observación en todos los casos los siguientes principios básicos de ética profesional:
Integridad: El contador público deberá mantener incólume su integridad moral, cualquiera que fuere el campo de su actuación en el ejercicio profesional. Conforme a esto, se espera de él rectitud, probidad, honestidad, dignidad y sinceridad, en cualquier circunstancia.
Objetividad: La objetividad representa ante todo imparcialidad y actuación sin perjuicios en todos los asuntos que corresponden al campo de acción profesional del contador público.
Independencia: En el ejercicio profesional, el contador público deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio respecto a cualquier interés que pudiere considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad, con respecto a los cuales la independencia, por las características peculiares de la profesión contable, debe considerarse esencial y concomitante.
Responsabilidad: Sin perjuicios de reconocer que la responsabilidad, como principio de la ética profesional, se encuentra implícitamente comprendida en todas y cada una de las normas de ética y reglas de conducta del contador público, es conveniente y justificada su mención expresa como principio para todos los niveles de la actividad contable.
Confidencialidad: La relación del contador público con el usuario de sus servicios es el elemento primordial en la práctica profesional. Para que dicha relación tenga pleno éxito debe fundarse en un compromiso responsable, leal y auténtico, el cual impone la más estricta reserva profesional.
Observancia de las disposiciones normativas: El contador público deberá realizar su trabajo cumplimiento eficazmente las disposiciones profesionales promulgadas por el Estado y por el Consejo Técnico de Contaduría Pública aplicando los procedimientos adecuados debidamente establecidos.
Competencia y actualización profesional: El contador público sólo deberá contratar trabajos para lo cual él o sus asociados o colaboradores cuenten con las capacidades e idoneidad necesaria para que los servicios comprometidos se realicen en forma eficaz y satisfactoria.
Difusión y colaboración : El contador público tiene la obligación de contribuir de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo, superación y dignificación de la profesión, tanto a nivel institucional como en cualquier otro campo que, como los de la difusión o de la docencia, le sean asequibles.
Respeto entre colegas: El contador público debe tener siempre presente que la sinceridad, la buena fe y la lealtad para con sus colegas son condiciones básicas para el ejercicio libre y honesto de la profesión y para convivencia pacífica, amistosa y cordial de sus miembros.
Conducta ética: El contador público deberá abstenerse de realizar cualquier acto que pueda afectar negativamente la buena reputación o repercutir en alguna forma en descrédito de la profesión, tomando en cuenta que, por la función social que implica el ejercicio de su profesión, está obligado a sujetar su conducta pública y privada a los más elevados preceptos de la moral universal.
PERSPECTIVAS FUTURAS DE LA CONTABILIDAD
Modificación del paradigma, donde lo importante será el capital intelectual. Los nuevos negocios que se hacen en la red no necesita de una infraestructura física, ya que ésta se hace en un mundo cibernético, donde el flujo de información es preponderante para su desarrollo, donde el estado también se encuentra involucrado, porque esta debe estar enmarcada legalmente.
Nuestra enseñanza se ha vuelto obsoleta, con alumnos pasivos y profesores que no incentivan a convertirlos en personas investigativas. La carrera debe adoptar una interdisciplinariedad que conlleve al profesional a incursionar en muchos campos, para así recuperar espacios que se han ido perdiendo y ocupados por profesionales de otras disciplinas. Por lo que se necesita formar un contador crítico, prospectivo y con perfil gerencial, es decir resolver conflictos, toma de decisiones, manejo de personal, estudio de mercados, manejo de las últimas tecnologías de información. Es decir tener una visión futurista para satisfacer las necesidades del medio.
Existe una tendencia evidente a la modernización e integración económica con efectos en los mercados mundiales, lo que conlleva a armonizar los principios contables a través de los Nic´s que aunque no es la mejor alternativa, ni es la más viable en esto momentos, pero su implementación en cada país debe tener en cuenta el entorno donde se desarrolle.
Tanto en Costa Rica como en Perú tienen en común en la adopción de las Nic´s fueron inaplicables en su totalidad y desechar algunas que eran imposible adaptarlas a sus necesidades.
Hay que destacar que estas se vienen adoptando por países desarrollados y subdesarrollados pero con la desventaja que se ha hecho a paso lento con lo que la armonización a la cual se quiere llegar desde 1973 no se ve realizado a mediano plazo.
En Colombia aún n o se ha contemplado su aplicación pero si se hace un análisis de alguna de ellas son favorables y otras son desfavorables, con el riesgo que se apliquen sin hacerle un estudio crítico y analítico, por lo que no se puede ser viable tanto para el país y nuestra carrera, con el riesgo que sean impuestas por el legislador, lo que conlleve a un caos en su aplicación e interpretación.
Existen varias fuerzas que impactan la profesión como son:
§ Competidores que son contadores.
§ Desplazamiento a causa de la tecnología.
§ Liderazgo.
La no transformación al Contador Público en socio del negocio.
Por lo anterior nació la visión proyectiva para investigar e indagar las falencias que tenía la profesión y así buscar posibles soluciones como en: Valores principales, aptitudes esenciales y servicios principales aplicado en un entorno global que es lo que se está dando actualmente o en otras palabras hacer un Contador Público global.
La tecnología que se desarrolla en nuestros tiempos es tan dinámica y con una velocidad meteórica que no hay punto de composición con los cambios que sufre la contabilidad que sufre cambios muy lentos y está casi estática.